La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la prisión preventiva del exdirector de la PDI, Sergio Muñoz, quien había sido formalizado por los delitos reiterados de violación de secreto. Por dos votos contra uno, el tribunal ordenó que Muñoz abandone el centro de detención en el cual permanecía con la medida cautelar más intensa y quede en su reemplazo con arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional. El abogado defensor, Juan Carlos Manríquez, presentó una apelación alegando la desproporcionalidad de la prisión preventiva y la colaboración de su representado en el caso. La Corte acogió este argumento y consideró que no hay antecedentes que hagan presumir que Muñoz se va a sustraer de la acción de la justicia. La defensa también argumentó que las acciones realizadas por Muñoz fueron impulsadas por un sentido de lealtad institucional y un deseo de apoyar al ex director Espinosa. Además, destacaron que su disposición para discutir abiertamente sus acciones y motivaciones contribuyeron significativamente a esclarecer los hechos implicados. Sergio Muñoz fue formalizado por entregar información reservada al abogado Luis Hermosilla sobre investigaciones llevadas a cabo por la PDI respecto a casos como Enjoy, Torrealba, Gastos Reservados, Dominga y Guevara. Ahora deberá cumplir arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional como medida cautelar mientras continúa el proceso judicial en su contra.
El Fiscal Nacional, Ángel Valencia, confirmó en una entrevista con Tolerancia Cero que Luis Hermosilla, abogado relacionado con el Caso Factop, ha sido reclasificado como imputado en lugar de testigo por decisión del Ministerio Público. Esta decisión se produce después de la formalización de los hermanos Daniel y Ariel Sauer, así como de su exsocio Rodrigo Topelberg, quienes quedaron en prisión preventiva en relación con el mismo caso. La investigación se centra en presuntos delitos de estafa, lavado de activos, infracción a la Ley de Mercado de Valores y delitos tributarios. Valencia explicó que la reclasificación de Hermosilla se basa en las imputaciones por lavado de activos derivadas de la formalización en el Caso Factop. Aunque aún no está claro si esto resultará en una formalización adicional, Valencia destacó el compromiso del Ministerio Público para avanzar rápidamente en la investigación, proporcionando recursos humanos y materiales necesarios para ello.
La Fiscalía Regional Metropolitana Oriente confirmó la detención de seis imputados en el denominado caso Factop, entre ellos, seis integrantes del clan Sauer, además de otros tres individuos relacionados. Esta acción se llevó a cabo como resultado de una diligencia ordenada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, ejecutada durante la mañana de este lunes en distintos domicilios ubicados en Las Condes, Lo Barnechea y Vitacura. Los detenidos han sido identificados como Daniel Amir Sauer Adlerstein, Ariel Isaac Sauer Adlerstein, Rodrigo Topelberg Kleinkopf, Alberto Sauer Rosenwasser, Daniel Aníbal Cuadra Junes y Luis Patricio Flores Cuevas. El arresto fue realizado por personal de la Brigada de Delitos Económicos Metropolitana de la Policía de Investigaciones, quienes trasladaron a los imputados a la unidad policial, donde quedaron en calidad de imputados. La Fiscalía Oriente informó que se autorizó la entrada y registro de los domicilios de los investigados para incautar objetos y documentos potencialmente relacionados con el hecho investigado. Entre los elementos susceptibles de ser incautados se encuentran dispositivos electrónicos como celulares, tablets, así como videos y otros dispositivos tecnológicos que podrían servir como medio de prueba en la investigación. Se espera que durante la tarde de este lunes se lleve a cabo la formalización de los implicados en el 4° Juzgado de Garantía de Santiago. Uno de los detenidos, Daniel Sauer, habría estado presente en una reunión con el abogado Luis Hermosilla y María Leonarda Villalobos, cuyo audio reveló presuntos pagos de coimas a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII). Es relevante recordar que en noviembre del año pasado, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) decidió cancelar la inscripción de Factop Corredores de Bolsa de Productos S.A. del Registro de Corredores de Bolsa de Productos, en medio de cuestionamientos por su posible insolvencia.
En una decisión unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por el abogado Mario Vargas. Este recurso buscaba evitar que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) accediera a los chats encontrados en el teléfono celular de Luis Hermosilla, en el marco de la investigación conocida como el Caso Audio. El argumento principal de Vargas radicaba en la presunta violación de su derecho a la privacidad si el Ministerio Público permitía el acceso a los antecedentes de la investigación. Sin embargo, la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por la ministra Mireya López, el ministro Alejandro Rivera y el abogado (i) Rodrigo Asenjo, determinó que no existía un derecho indubitado en riesgo que justificara la acción constitucional. En su fallo, la Corte estableció que el recurso de protección tiene por objetivo restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales, pero que en este caso no se han presentado hechos concretos que constituyan una vulneración a las garantías constitucionales. El tribunal sostuvo que la presentación de Vargas se basaba en la posibilidad o eventualidad de que se produjera una afectación a sus garantías fundamentales, pero no en hechos concretos. Es importante recordar que Mario Vargas presentó el recurso a título personal, argumentando que las conversaciones mantenidas con Luis Hermosilla abarcaban temas tanto profesionales como personales, y que el acceso a estas comunicaciones podría infringir el secreto profesional. Sin embargo, la Corte determinó que no se han mencionado hechos concretos que respalden esta alegación. En la especie se requiere que exista una acción u omisión concreta a efectos de determinar la concurrencia de un derecho indubitado del recurrente, razón por la cual tiene aplicación la norma de inadmisibilidad prevista en el inciso segundo del numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso del Protección de Garantías Constitucionales , señala el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.
En una entrevista concedida a Radio Duna esta mañana, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero, abordó el recurso de protección presentado por el abogado Mario Vargas para impedir que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) acceda al registro de la mensajería de WhatsApp del teléfono móvil del abogado Luis Hermosilla. Cordero destacó que el Ministerio Público está realizando esa indagación y entiende muy bien que es el teléfono del abogado, que por lo tanto pueden existir comunicaciones sujetas a secreto profesional, pero también es cierto que el secreto profesional no cubre los delitos. El abogado Luis Hermosilla se encuentra bajo investigación por la Fiscalía Metropolitana Oriente por el delito de soborno en una investigación calificada como secreta por el Ministerio Público. Esto luego de que se diera a conocer un audio en el que se mencionaban posibles sobornos a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII) y de la Comisión para el Mercado Financiero. En el transcurso de las pericias realizadas al teléfono del reconocido penalista, se descubrió que el exgeneral director de la Policía de Investigaciones (PDI), Sergio Muñoz, había filtrado información a Hermosilla sobre diversas causas. Muñoz fue formalizado y quedó en prisión preventiva. De acuerdo con información proporcionada por La Tercera, las conversaciones entre Hermosilla y el exjefe de la PDI representan solo el 0,02% del contenido encontrado en los chats del abogado, que en total suman 777 mil páginas de conversaciones. En cuanto al recurso de protección interpuesto por Mario Varga s, el ministro Cordero expresó su desconcierto al señalar: Yo no logro entender muy bien , salvo una extremada prevención por parte del abogado que interpuso el recurso de protección y además incorporar un mecanismo de control judicial que el sistema legal no tiene en esta etapa. Cordero recordó que e l funcionamiento del sistema de enjuiciamiento criminal supone que el Ministerio Público debe hacer copia de los antecedentes que pudiera existir en la carpeta de investigación al Consejo de Defensa del Estado, si hay antecedentes que puedan comprometer el patrimonio público o respecto de los cuales puedan existir delitos. No es una comunicación pura y simple . Fue algo que sucedió en el caso del exdirector de la Policía de Investigaciones, Sergio Muñoz. Es decir, cuando el Ministerio Público detecta que hay transferencia de información que está sujeta a secreto, el consejo accede a esa información que es la que permite sustentar la querella porque es un delito funcionario la violación de secreto. El titular de Justicia había manifestado anteriormente en una entrevista con radio Infinita que el celular de Luis Hermosilla puede ser una caja Pandora. Ante la acción legal emprendida por Mario Vargas, el ministro Cordero manifestó su desconcierto al no comprender cuál es la amenaza en concreto que justifique el recurso de protección.
La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la prisión preventiva del exdirector de la PDI, Sergio Muñoz, quien había sido formalizado por los delitos reiterados de violación de secreto. Por dos votos contra uno, el tribunal ordenó que Muñoz abandone el centro de detención en el cual permanecía con la medida cautelar más intensa y quede en su reemplazo con arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional. El abogado defensor, Juan Carlos Manríquez, presentó una apelación alegando la desproporcionalidad de la prisión preventiva y la colaboración de su representado en el caso. La Corte acogió este argumento y consideró que no hay antecedentes que hagan presumir que Muñoz se va a sustraer de la acción de la justicia. La defensa también argumentó que las acciones realizadas por Muñoz fueron impulsadas por un sentido de lealtad institucional y un deseo de apoyar al ex director Espinosa. Además, destacaron que su disposición para discutir abiertamente sus acciones y motivaciones contribuyeron significativamente a esclarecer los hechos implicados. Sergio Muñoz fue formalizado por entregar información reservada al abogado Luis Hermosilla sobre investigaciones llevadas a cabo por la PDI respecto a casos como Enjoy, Torrealba, Gastos Reservados, Dominga y Guevara. Ahora deberá cumplir arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional como medida cautelar mientras continúa el proceso judicial en su contra.
El Fiscal Nacional, Ángel Valencia, confirmó en una entrevista con Tolerancia Cero que Luis Hermosilla, abogado relacionado con el Caso Factop, ha sido reclasificado como imputado en lugar de testigo por decisión del Ministerio Público. Esta decisión se produce después de la formalización de los hermanos Daniel y Ariel Sauer, así como de su exsocio Rodrigo Topelberg, quienes quedaron en prisión preventiva en relación con el mismo caso. La investigación se centra en presuntos delitos de estafa, lavado de activos, infracción a la Ley de Mercado de Valores y delitos tributarios. Valencia explicó que la reclasificación de Hermosilla se basa en las imputaciones por lavado de activos derivadas de la formalización en el Caso Factop. Aunque aún no está claro si esto resultará en una formalización adicional, Valencia destacó el compromiso del Ministerio Público para avanzar rápidamente en la investigación, proporcionando recursos humanos y materiales necesarios para ello.
La Fiscalía Regional Metropolitana Oriente confirmó la detención de seis imputados en el denominado caso Factop, entre ellos, seis integrantes del clan Sauer, además de otros tres individuos relacionados. Esta acción se llevó a cabo como resultado de una diligencia ordenada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, ejecutada durante la mañana de este lunes en distintos domicilios ubicados en Las Condes, Lo Barnechea y Vitacura. Los detenidos han sido identificados como Daniel Amir Sauer Adlerstein, Ariel Isaac Sauer Adlerstein, Rodrigo Topelberg Kleinkopf, Alberto Sauer Rosenwasser, Daniel Aníbal Cuadra Junes y Luis Patricio Flores Cuevas. El arresto fue realizado por personal de la Brigada de Delitos Económicos Metropolitana de la Policía de Investigaciones, quienes trasladaron a los imputados a la unidad policial, donde quedaron en calidad de imputados. La Fiscalía Oriente informó que se autorizó la entrada y registro de los domicilios de los investigados para incautar objetos y documentos potencialmente relacionados con el hecho investigado. Entre los elementos susceptibles de ser incautados se encuentran dispositivos electrónicos como celulares, tablets, así como videos y otros dispositivos tecnológicos que podrían servir como medio de prueba en la investigación. Se espera que durante la tarde de este lunes se lleve a cabo la formalización de los implicados en el 4° Juzgado de Garantía de Santiago. Uno de los detenidos, Daniel Sauer, habría estado presente en una reunión con el abogado Luis Hermosilla y María Leonarda Villalobos, cuyo audio reveló presuntos pagos de coimas a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII). Es relevante recordar que en noviembre del año pasado, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) decidió cancelar la inscripción de Factop Corredores de Bolsa de Productos S.A. del Registro de Corredores de Bolsa de Productos, en medio de cuestionamientos por su posible insolvencia.
En una decisión unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por el abogado Mario Vargas. Este recurso buscaba evitar que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) accediera a los chats encontrados en el teléfono celular de Luis Hermosilla, en el marco de la investigación conocida como el Caso Audio. El argumento principal de Vargas radicaba en la presunta violación de su derecho a la privacidad si el Ministerio Público permitía el acceso a los antecedentes de la investigación. Sin embargo, la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por la ministra Mireya López, el ministro Alejandro Rivera y el abogado (i) Rodrigo Asenjo, determinó que no existía un derecho indubitado en riesgo que justificara la acción constitucional. En su fallo, la Corte estableció que el recurso de protección tiene por objetivo restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales, pero que en este caso no se han presentado hechos concretos que constituyan una vulneración a las garantías constitucionales. El tribunal sostuvo que la presentación de Vargas se basaba en la posibilidad o eventualidad de que se produjera una afectación a sus garantías fundamentales, pero no en hechos concretos. Es importante recordar que Mario Vargas presentó el recurso a título personal, argumentando que las conversaciones mantenidas con Luis Hermosilla abarcaban temas tanto profesionales como personales, y que el acceso a estas comunicaciones podría infringir el secreto profesional. Sin embargo, la Corte determinó que no se han mencionado hechos concretos que respalden esta alegación. En la especie se requiere que exista una acción u omisión concreta a efectos de determinar la concurrencia de un derecho indubitado del recurrente, razón por la cual tiene aplicación la norma de inadmisibilidad prevista en el inciso segundo del numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso del Protección de Garantías Constitucionales , señala el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.
En una entrevista concedida a Radio Duna esta mañana, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero, abordó el recurso de protección presentado por el abogado Mario Vargas para impedir que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) acceda al registro de la mensajería de WhatsApp del teléfono móvil del abogado Luis Hermosilla. Cordero destacó que el Ministerio Público está realizando esa indagación y entiende muy bien que es el teléfono del abogado, que por lo tanto pueden existir comunicaciones sujetas a secreto profesional, pero también es cierto que el secreto profesional no cubre los delitos. El abogado Luis Hermosilla se encuentra bajo investigación por la Fiscalía Metropolitana Oriente por el delito de soborno en una investigación calificada como secreta por el Ministerio Público. Esto luego de que se diera a conocer un audio en el que se mencionaban posibles sobornos a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII) y de la Comisión para el Mercado Financiero. En el transcurso de las pericias realizadas al teléfono del reconocido penalista, se descubrió que el exgeneral director de la Policía de Investigaciones (PDI), Sergio Muñoz, había filtrado información a Hermosilla sobre diversas causas. Muñoz fue formalizado y quedó en prisión preventiva. De acuerdo con información proporcionada por La Tercera, las conversaciones entre Hermosilla y el exjefe de la PDI representan solo el 0,02% del contenido encontrado en los chats del abogado, que en total suman 777 mil páginas de conversaciones. En cuanto al recurso de protección interpuesto por Mario Varga s, el ministro Cordero expresó su desconcierto al señalar: Yo no logro entender muy bien , salvo una extremada prevención por parte del abogado que interpuso el recurso de protección y además incorporar un mecanismo de control judicial que el sistema legal no tiene en esta etapa. Cordero recordó que e l funcionamiento del sistema de enjuiciamiento criminal supone que el Ministerio Público debe hacer copia de los antecedentes que pudiera existir en la carpeta de investigación al Consejo de Defensa del Estado, si hay antecedentes que puedan comprometer el patrimonio público o respecto de los cuales puedan existir delitos. No es una comunicación pura y simple . Fue algo que sucedió en el caso del exdirector de la Policía de Investigaciones, Sergio Muñoz. Es decir, cuando el Ministerio Público detecta que hay transferencia de información que está sujeta a secreto, el consejo accede a esa información que es la que permite sustentar la querella porque es un delito funcionario la violación de secreto. El titular de Justicia había manifestado anteriormente en una entrevista con radio Infinita que el celular de Luis Hermosilla puede ser una caja Pandora. Ante la acción legal emprendida por Mario Vargas, el ministro Cordero manifestó su desconcierto al no comprender cuál es la amenaza en concreto que justifique el recurso de protección.